Guía de entrada del país · Europa (UE)
Viajar a Eslovaquia con tu perro
La entrada en Eslovaquia depende del origen real del perro, de sus documentos y de su historial de viaje. Los regímenes vigentes que figuran a continuación distinguen los viajes dentro de la UE, los pasaportes reconocidos, los orígenes de fuera de la UE incluidos o no en la lista, el control de entrada y el regreso tras una estancia corta.
📋 De un vistazo
| Identificación | Microchip ISO (o tatuaje admisible anterior al 3 de julio de 2011) |
| Vacunación antirrábica | Obligatoria, con una excepción oficial para animales jóvenes en algunos casos no comerciales |
| Documento de viaje | Pasaporte de la UE o certificado zoosanitario, según el origen |
| Titulación antirrábica | Condicional — orígenes no incluidos en la lista |
| Control de entrada | Condicional — la mayoría de los orígenes de fuera de la UE |
⚠️ Importante
- MyDogCanFly ofrece información general — no asesoramiento veterinario ni jurídico.
- Solo un veterinario puede confirmar el procedimiento exacto para tu perro.
- Los requisitos dependen de: el país de origen, el historial de viajes previo, la identificación, las vacunas, el itinerario y la fecha del viaje.
Consulta siempre a tu veterinario antes de reservar tu viaje.
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🌍 Regímenes de entrada en la UE actualmente vigentes
Elige una sola vía documental
Las cinco vías siguientes son alternativas: elige la que corresponda al origen real del perro, a sus documentos y a su historial de viaje.
Desde otro país de la UE
Para viajar dentro de la UE, o desde Irlanda del Norte con el mismo régimen de circulación, el perro necesita un microchip, o un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, una vacunación antirrábica válida y un pasaporte para animales reconocido. La identificación debe ser anterior a la vacunación utilizada para el viaje. Debe tener al menos 12 semanas al recibir la primovacunación; después hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. Con ese pasaporte no se exige titulación antirrábica ni certificado zoosanitario. Cuando su propietario reside fuera de la UE y el perro entró en la UE con un certificado zoosanitario de la UE, también puede seguir viaje hacia otro Estado miembro con ese mismo certificado, sin pasaporte europeo, siempre que la autoridad del punto de entrada de viajeros haya anotado en él su entrada; el certificado sigue siendo válido durante seis meses desde esos controles, o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes. Este destino también acepta la excepción oficial, para un desplazamiento no comercial, de un animal joven de menos de 12 semanas sin vacunar, o de 12 a 16 semanas vacunado pero todavía no plenamente protegido. Antes del viaje hay que comprobar las condiciones del destino y presentar, según corresponda, la declaración firmada de ausencia de contacto de riesgo o la prueba, en el pasaporte de la madre que lo acompaña, de que fue vacunada antes del nacimiento. Esta excepción no se aplica a las vías de entrada desde un país tercero; aquí Irlanda del Norte se rige por el mismo régimen de circulación que los viajes dentro de la UE.
Fuente oficial ↗Desde un origen con pasaporte reconocido para animales
Para entrar en la UE, el perro debe estar identificado mediante un microchip, o mediante un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, antes de la vacunación antirrábica utilizada para el viaje. El perro debe tener al menos 12 semanas cuando recibe la primovacunación antirrábica. Después de una primovacunación hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. No se exige la titulación de anticuerpos antirrábicos cuando el perro llega directamente desde el país o territorio de la lista en el que reside habitualmente su propietario, o después de una estancia exclusivamente en países o territorios de la lista (anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/636). Si el trayecto pasa por un país o territorio que no figura en la lista, la exención solo se aplica si el propietario, o una persona autorizada por él, firma una declaración en la que conste que el perro no ha tenido contacto con animales sensibles a la rabia y ha permanecido dentro del medio de transporte o en el recinto de la zona internacional del puerto o del aeropuerto; de lo contrario, se aplica la vía de los países que no figuran en la lista, titulación incluida. Un pasaporte válido expedido en Andorra, Suiza, las Islas Feroe, Gibraltar, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino o el Estado de la Ciudad del Vaticano sustituye al certificado zoosanitario de la UE. Sin un pasaporte reconocido se necesitan el certificado zoosanitario de la UE y la declaración firmada de movimiento no comercial. El certificado debe cumplimentarlo y expedirlo un veterinario oficial, o un veterinario autorizado con el posterior visto bueno de la autoridad competente. Para la entrada es válido durante 10 días desde su expedición por el veterinario oficial; si el viaje es por mar, ese plazo se amplía durante la travesía. Después del control de entrada sigue siendo válido para viajar dentro de la UE durante un máximo de 6 meses o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes.
Fuente oficial ↗Desde un país o territorio tercero incluido en la lista
Para entrar en la UE, el perro debe estar identificado mediante un microchip, o mediante un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, antes de la vacunación antirrábica utilizada para el viaje. El perro debe tener al menos 12 semanas cuando recibe la primovacunación antirrábica. Después de una primovacunación hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. No se exige la titulación de anticuerpos antirrábicos cuando el perro llega directamente desde el país o territorio de la lista en el que reside habitualmente su propietario, o después de una estancia exclusivamente en países o territorios de la lista (anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/636). Si el trayecto pasa por un país o territorio que no figura en la lista, la exención solo se aplica si el propietario, o una persona autorizada por él, firma una declaración en la que conste que el perro no ha tenido contacto con animales sensibles a la rabia y ha permanecido dentro del medio de transporte o en el recinto de la zona internacional del puerto o del aeropuerto; de lo contrario, se aplica la vía de los países que no figuran en la lista, titulación incluida. Se exigen un certificado zoosanitario de la UE y la declaración firmada de movimiento no comercial. El certificado debe cumplimentarlo y expedirlo un veterinario oficial, o un veterinario autorizado con el posterior visto bueno de la autoridad competente. Para la entrada es válido durante 10 días desde su expedición por el veterinario oficial; si el viaje es por mar, ese plazo se amplía durante la travesía. Después del control de entrada sigue siendo válido para viajar dentro de la UE durante un máximo de 6 meses o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes.
Fuente oficial ↗Desde un país o territorio tercero no incluido en la lista
Para entrar en la UE, el perro debe estar identificado mediante un microchip, o mediante un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, antes de la vacunación antirrábica utilizada para el viaje. El perro debe tener al menos 12 semanas cuando recibe la primovacunación antirrábica. Después de una primovacunación hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. Se exige una titulación de anticuerpos antirrábicos. La muestra debe tomarse al menos 30 días después de la primovacunación, o durante una serie de vacunación aún válida, y al menos 90 días antes de la expedición del certificado zoosanitario. El resultado debe ser de al menos 0,5 UI/ml en un laboratorio designado. No es necesario repetir la prueba mientras los refuerzos mantengan la continuidad. Se exigen un certificado zoosanitario de la UE y la declaración firmada de movimiento no comercial. El certificado debe cumplimentarlo y expedirlo un veterinario oficial, o un veterinario autorizado con el posterior visto bueno de la autoridad competente. Para la entrada es válido durante 10 días desde su expedición por el veterinario oficial; si el viaje es por mar, ese plazo se amplía durante la travesía. Después del control de entrada sigue siendo válido para viajar dentro de la UE durante un máximo de 6 meses o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes.
Fuente oficial ↗Regreso a la UE tras una estancia corta
Después de una estancia corta fuera de la UE, un perro que reside habitualmente en la UE solo puede volver con su pasaporte europeo, sin otro documento, si la vacunación antirrábica administrada antes de salir sigue siendo válida el día del regreso y el pasaporte demuestra que antes de la salida cumplía las condiciones de vacunación. Si esa estancia tuvo lugar en un país o territorio que no figura en la lista (anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/636), el pasaporte debe acreditar además una titulación de anticuerpos antirrábicos con resultado favorable, realizada antes de que el perro saliera de la UE; en ese caso no se aplica el plazo de 90 días. Sin esa titulación previa a la salida, el pasaporte no basta: se necesitan un certificado zoosanitario de la UE y una titulación cuya muestra se haya tomado al menos 90 días antes de la expedición del certificado. Si la continuidad de la validez depende de un refuerzo antirrábico administrado fuera de la UE, el refuerzo debería anotarlo un veterinario autorizado en el apartado V, validarlo el veterinario oficial del tercer país en el apartado XI y constar en el certificado zoosanitario de la UE que acompañe al perro. Si la vacunación anotada antes de la salida sigue siendo válida pese a un refuerzo adicional en el extranjero, hay que confirmar con la autoridad de entrada qué documento aceptará. Se debe utilizar un certificado zoosanitario siempre que el pasaporte no acredite las condiciones cumplidas antes de la salida. Esta vía vale para una estancia corta, no para un cambio de residencia habitual, y un pasaporte de la UE expedido a un propietario residente en Gran Bretaña no es válido para esta entrada.
Fuente oficial ↗Controles y requisitos que pueden añadirse
Según el itinerario, estos requisitos pueden aplicarse además de la vía documental elegida anteriormente.
Control de entrada para la mayoría de los orígenes no pertenecientes a la UE
Hay que entrar por un punto de entrada de viajeros designado y contactar allí con la autoridad competente para los controles documentales y de identidad. Tener un pasaporte europeo no elimina esta exigencia vinculada al origen.
Fuente oficial ↗🚫 Perros restringidos
Eslovaquia no impone ninguna prohibición de importación por raza: la Administración Estatal Veterinaria y Alimentaria (ŠVPS SR) indica claramente que Eslovaquia no tiene requisitos especiales para razas concretas y que las condiciones de entrada no varían según la raza. Tampoco hay restricción para la entrada en Eslovaquia de perros con orejas o cola cortadas. Las normas sobre razas son una cuestión de responsabilidad del propietario conforme al derecho nacional, no una barrera de entrada.
Ninguna raza prohibida para la entrada. A diferencia de algunos países de la UE, Eslovaquia no mantiene ninguna lista de razas prohibidas o de «categoría 1» ni impone prohibición de importación, bozal en la frontera o permiso ligado a la raza de un perro. Los cruces de tipo lobo, los terriers de tipo bull y los molosos pueden entrar según las normas europeas ordinarias de movimiento de animales.
Normas de «perro peligroso» basadas en el comportamiento (derecho interno). Según la Ley n.º 282/2002 sobre la tenencia de perros, un «perro peligroso» (nebezpečný pes) es todo perro que haya mordido o herido a una persona sin provocación — se define por el comportamiento, no por la raza. Todo perro que permanezca en Eslovaquia más de 90 días debe inscribirse en el municipio, que expide una chapa de identificación que indica si el perro es «peligroso»; un perro peligroso debe ir conducido por un adulto y con bozal en público. Son normas de tenencia para los residentes, no requisitos de entrada para los visitantes.
Si tu perro simplemente se parece a una raza que otros países restringen, eso no tiene ninguna incidencia en la entrada en Eslovaquia. Si piensas residir en Eslovaquia, infórmate en tu municipio sobre el registro del perro. Para un tránsito por los países vecinos, comprueba por separado las normas sobre razas de cada país.
✈️ Aerolíneas documentadas que operan en Eslovaquia
Aerolíneas que documentamos y que operan en este país. Si el perro es aceptado, y en qué condiciones, hay que comprobarlo en la ficha de cada aerolínea: no prejuzga tu raza, tu jaula ni tu ruta exacta.
2 aerolíneas que operan en este país no aparecen aquí: rechazo o política no publicada. Ver todas las aerolíneas →
🛂 Aeropuertos en Eslovaquia
Comprueba dónde puede hacer sus necesidades tu perro en cada aeropuerto — y si es antes o después de los controles de seguridad.
Eslovaquia con un perro: preguntas frecuentes
Eslovaquia: ¿qué normas se aplican desde la UE?
Para viajar dentro de la UE, o desde Irlanda del Norte con el mismo régimen de circulación, el perro necesita un microchip, o un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, una vacunación antirrábica válida y un pasaporte para animales reconocido. La identificación debe ser anterior a la vacunación utilizada para el viaje. Debe tener al menos 12 semanas al recibir la primovacunación; después hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. Con ese pasaporte no se exige titulación antirrábica ni certificado zoosanitario. Cuando su propietario reside fuera de la UE y el perro entró en la UE con un certificado zoosanitario de la UE, también puede seguir viaje hacia otro Estado miembro con ese mismo certificado, sin pasaporte europeo, siempre que la autoridad del punto de entrada de viajeros haya anotado en él su entrada; el certificado sigue siendo válido durante seis meses desde esos controles, o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes. Este destino también acepta la excepción oficial, para un desplazamiento no comercial, de un animal joven de menos de 12 semanas sin vacunar, o de 12 a 16 semanas vacunado pero todavía no plenamente protegido. Antes del viaje hay que comprobar las condiciones del destino y presentar, según corresponda, la declaración firmada de ausencia de contacto de riesgo o la prueba, en el pasaporte de la madre que lo acompaña, de que fue vacunada antes del nacimiento. Esta excepción no se aplica a las vías de entrada desde un país tercero; aquí Irlanda del Norte se rige por el mismo régimen de circulación que los viajes dentro de la UE.
Eslovaquia: ¿se exige una titulación antirrábica desde un origen no perteneciente a la UE incluido en la lista?
Para entrar en la UE, el perro debe estar identificado mediante un microchip, o mediante un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, antes de la vacunación antirrábica utilizada para el viaje. El perro debe tener al menos 12 semanas cuando recibe la primovacunación antirrábica. Después de una primovacunación hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. No se exige la titulación de anticuerpos antirrábicos cuando el perro llega directamente desde el país o territorio de la lista en el que reside habitualmente su propietario, o después de una estancia exclusivamente en países o territorios de la lista (anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/636). Si el trayecto pasa por un país o territorio que no figura en la lista, la exención solo se aplica si el propietario, o una persona autorizada por él, firma una declaración en la que conste que el perro no ha tenido contacto con animales sensibles a la rabia y ha permanecido dentro del medio de transporte o en el recinto de la zona internacional del puerto o del aeropuerto; de lo contrario, se aplica la vía de los países que no figuran en la lista, titulación incluida. Se exigen un certificado zoosanitario de la UE y la declaración firmada de movimiento no comercial. El certificado debe cumplimentarlo y expedirlo un veterinario oficial, o un veterinario autorizado con el posterior visto bueno de la autoridad competente. Para la entrada es válido durante 10 días desde su expedición por el veterinario oficial; si el viaje es por mar, ese plazo se amplía durante la travesía. Después del control de entrada sigue siendo válido para viajar dentro de la UE durante un máximo de 6 meses o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes.
Eslovaquia: ¿qué normas se aplican desde un origen no incluido en la lista?
Para entrar en la UE, el perro debe estar identificado mediante un microchip, o mediante un tatuaje claramente legible realizado antes del 3 de julio de 2011, antes de la vacunación antirrábica utilizada para el viaje. El perro debe tener al menos 12 semanas cuando recibe la primovacunación antirrábica. Después de una primovacunación hay que esperar al menos 21 días antes del viaje. Se exige una titulación de anticuerpos antirrábicos. La muestra debe tomarse al menos 30 días después de la primovacunación, o durante una serie de vacunación aún válida, y al menos 90 días antes de la expedición del certificado zoosanitario. El resultado debe ser de al menos 0,5 UI/ml en un laboratorio designado. No es necesario repetir la prueba mientras los refuerzos mantengan la continuidad. Se exigen un certificado zoosanitario de la UE y la declaración firmada de movimiento no comercial. El certificado debe cumplimentarlo y expedirlo un veterinario oficial, o un veterinario autorizado con el posterior visto bueno de la autoridad competente. Para la entrada es válido durante 10 días desde su expedición por el veterinario oficial; si el viaje es por mar, ese plazo se amplía durante la travesía. Después del control de entrada sigue siendo válido para viajar dentro de la UE durante un máximo de 6 meses o hasta que caduque la vacuna antirrábica, si ocurre antes.
Eslovaquia: ¿puedo volver con un pasaporte europeo para animales tras una estancia corta?
Después de una estancia corta fuera de la UE, un perro que reside habitualmente en la UE solo puede volver con su pasaporte europeo, sin otro documento, si la vacunación antirrábica administrada antes de salir sigue siendo válida el día del regreso y el pasaporte demuestra que antes de la salida cumplía las condiciones de vacunación. Si esa estancia tuvo lugar en un país o territorio que no figura en la lista (anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/636), el pasaporte debe acreditar además una titulación de anticuerpos antirrábicos con resultado favorable, realizada antes de que el perro saliera de la UE; en ese caso no se aplica el plazo de 90 días. Sin esa titulación previa a la salida, el pasaporte no basta: se necesitan un certificado zoosanitario de la UE y una titulación cuya muestra se haya tomado al menos 90 días antes de la expedición del certificado. Si la continuidad de la validez depende de un refuerzo antirrábico administrado fuera de la UE, el refuerzo debería anotarlo un veterinario autorizado en el apartado V, validarlo el veterinario oficial del tercer país en el apartado XI y constar en el certificado zoosanitario de la UE que acompañe al perro. Si la vacunación anotada antes de la salida sigue siendo válida pese a un refuerzo adicional en el extranjero, hay que confirmar con la autoridad de entrada qué documento aceptará. Se debe utilizar un certificado zoosanitario siempre que el pasaporte no acredite las condiciones cumplidas antes de la salida. Esta vía vale para una estancia corta, no para un cambio de residencia habitual, y un pasaporte de la UE expedido a un propietario residente en Gran Bretaña no es válido para esta entrada.
Respuestas basadas en las fuentes oficiales indicadas abajo; información de entrada verificada el 20 de octubre de 2026. Las normas cambian — confírmalo con las autoridades de Eslovaquia y tu veterinario antes de reservar.
📚 Fuentes oficiales
- Comisión Europea — Traer una mascota a la UE desde un país no perteneciente a la UE
- Comisión Europea — Viajar con una mascota dentro de la UE
- Comisión Europea — Lista de países no pertenecientes a la UE (exención de la prueba de titulación)
- ŠVPS SR — Entrada o regreso desde países terceros a la UE
- ŠVPS SR — Viajar con tu animal
- Aduana eslovaca (Finančná správa) — Importación para particulares
- Ley n.º 282/2002 sobre la tenencia de perros (Slov-Lex)
- Comisión Europea — normas actuales de entrada de animales
- Unión Europea — fundamento jurídico complementario
- Unión Europea — fundamento jurídico complementario
- Comisión Europea — normas actuales de entrada de animales
- Comisión Europea — normas actuales de entrada de animales